La normativa de protección de datos no impide el acceso a la información solicitada consistente en el nombre y apellidos de la persona que se reunió con la jefa del Área de Territorio del Ayuntamiento en el contexto de un expediente de protección de la legalidad urbanística, siempre que esta persona haya participado como técnico colegiado al mencionado expediente. Fuera de este supuesto habría que denegar el acceso a la información solicitada.