El responsable del tratamiento o, en su caso, el encargado del tratamiento, pueden llevar a cabo transferencias internacionales de datos a empresas u organizaciones a terceros países mediante una autorización del Autoridad Catalana de Protección de Datos, cuando se trate de entidades incluidas en su ámbito de actuación.
Esta autorización puede basarse en las garantías aportadas mediante:
- Cláusulas contractuales entre el responsable o el encargado, por una parte, y el responsable, el encargado o un destinatario, por la otra.
- Acuerdos administrativos entre autoridades u organismos públicos incorporados en disposiciones que incluyan derechos efectivos y exigibles para las personas interesadas.
La solicitud se formalizará mediante el formulario de alta. Una vez generado un documento en formato PDF con la solicitud firmada electrónicamente, se puede enviar, junto con la documentación adjunta a través de eTRAM.
Los sujetos que no estan obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, pueden hacerlo mediante cualquiera de los otros medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 30/2015, del 1 de octubre , de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Quien puede pedirlo
El responsable o encargado del tratamiento, o su delegado de protección de datos, que deseen llevar a cabo transferencias internacionales de datos a empresas u organizaciones a terceros países.
Canales de tramitación
- Por la sede electrónica de la Autoridad con firma electrónica.
- Por correo postal, con firma manuscrita, dirigido a: Gran Via de les Corts Catalanes, 635, 1a planta, 08010 Barcelona.
- Presencialmente, con firma manuscrita, en el Registro de entrada de documentos de la APDCAT (Gran Via de les Corts Catalanes, 635, 1a planta, 08010 Barcelona, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00h), en el Registro de entrada de cualquier órgano de la Administración de la Generalidad de Cataluña o del Estado, o en una oficina de correos.
Los sujetos previstos en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, están obligados a relacionarse con las administraciones públicas electrónicamente.
Precio
Sin coste para la persona interesada.
Documentación a aportar
Los que la Autoridad haya requerido, si procede
Plazo de resolución
Seis meses.
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