La Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) ha difundido un nuevo vídeo divulgativo con consejos y recomendaciones para hacer un uso adecuado de drones respecto al respeto a la privacidad e intimidad de terceras personas, ante el uso cada vez más popular de este tipo de dispositivos, sobre todo en ámbitos como la filmación, la cartografía, la videovigilancia, y.
En este sentido, según los últimos datos publicados, a finales de 2024 había registrados en todo el Estado español 119.712 operadores de drones, un 27% más que el año anterior. De éstos, el 8,2% se encuentran en Cataluña. Además, desde la entrada de la normativa europea (año 2022) hasta 2024, se han emitido 221.340 certificados de formación para pilotos de drones en todo el Estado español.
En este contexto, el vídeo recuerda que la grabación con drones puede afectar al derecho de las personas a la protección de datos, la intimidad y el honor. Y es que la precisión de estos aparatos permite captar desde caras claramente reconocibles, hasta voces, matrículas y espacios privados que identifican a personas.
Así, la APDCAT recuerda que la normativa de protección de datos se aplica si las imágenes permiten identificar a las personas y no se hace un uso estrictamente doméstico. Por tanto, la normativa de protección de datos se aplica al difundir las imágenes en internet y compartirlas en redes sociales.
Para evitar posibles sanciones y perjuicios a terceros, la Autoridad recoge de forma sintética estos cinco consejos indispensables:
- Comprobar antes si es necesaria una autorización para hacer volar el dron, de acuerdo con la normativa específica (espacios naturales, espacios con restricciones aéreas...)
- Grabar prioritariamente en espacios y momentos poco concurridos, a distancia suficiente, o con una resolución que no identifique claramente a las personas, y pixelar las partes que salgan terceras personas.
- Evitar compartir imágenes de otros en internet o redes sociales si se pueden identificar claramente y su aparición no es meramente accesoria.
- En caso de publicar imágenes de otras que sean claramente reconocibles y no sean accesorias, será necesario contar con su consentimiento.
- En caso de utilizar el dron por videovigilancia, será necesario colocar un cartel informativo visible para que las personas sean conscientes de ello, indicando el organismo responsable de tratar las imágenes.
Ante el uso cada vez más popularizado de aparatos no tripulados para grabar imágenes, la Autoridad Catalana de Protección de Datos ha elaborado un vídeo divulgativo con recomendaciones para evitar sanciones e incumplimientos de la norma por intromisión en la intimidad y privacidad de terceras personas.