Sentido de la resolución: Estimatoria
Por una parte, se estima la reclamación del derecho de acceso en relación en todos los ficheros, dado que el responsable no ha contestado la solicitud de acceso en el plazo de un mes previsto al ordenamiento. Y de la otra, se inadmite la reclamación en la parte en lo referente a las imágenes captadas por las fuerzas y cuerpos de seguridad a través de cámaras de videovigilancia con finalidades de seguridad pública dado que esta Autoridad no es el órgano competente por resolver este tipo de solicitudes de acceso. Artículos aplicados: 15LOPD, 27.2 y 29 RLOPD, 4.2 y 18.1 Ins 1/2009, 8 y 9 LO 4/97 y 15 D 134/99