Sentido de la resolución: Estimatoria
Se estima la reclamación y se reconoce el derecho de acceso a determinada información, no siendo un requisito impeditivo la inexistencia de alguno de los documentos que se solicitaban, siempre que se ha constatado que el responsable disponía de la información personal solicitada Artículos aplicados: Art. 25.5, 28.1, 29.1, 30.2 RLOPD