Sentido de la resolución: Estimatoria
Se estima la reclamación de tutela del derecho de acceso a la historia clinica. La entidad reclamada no facilitó a la persona afectada la documentación asistencial que todavía conservaba en sus ficheros en atención a lo que dispone la normativa sanitaria con respecto a la conservación de la historia clínica. Artículos aplicados: 15 LOPD; 27, 29, 30 RLOPD; y 13 de la Ley 21/2000, 12 y 18 Ley 41/2002.