Sentido de la resolución: Estimatoria
Estimación reclamación derecho de acceso. Cuando el objeto de reclamación es la falta de respuesta, la acreditación de la presentación de la solicitud de acceso delante del responsable del fichero y la falta de alegaciones de este en el procedimiento de tutela comporta la estimación de la reclamación. El responsable del fichero está obligado a responder la solicitud de acceso en el plazo de un mes aunque no disponga de los datos personales con respecto a los cuales se pide el acceso. Artículos aplicados: Artes. 15 LOPD y 29.1 RLOPD