Sentido de la resolución: Desestimatoria
En el marco de una reclamación anterior de tutela de derechos (PT 20-2021), la Autoridad fue informada de que por sentencia de fecha 30/10/2020 se otorgó con carácter exclusivo el ejercicio de la potestad parental al padre de la menor. En aquel procedimiento de tutela de derechos se requirió varias veces el representante de la persona reclamando para que confirmara o desmintiera si el ejercicio de la potestad parental relativo a la hija de la suya representada había estado atribuida con carácter exclusivo al padre de la menor.
Se requirió el representante de la persona reclamando, para que informara si su cliente ostentaba el ejercicio de la responsabilidad parental y, en tal caso, acreditara este extremo. En el mismo requerimiento se le advertía de las consecuencias que en la tramitación de la presente reclamación tendría el hecho de no acreditar que la madre ostenta el ejercicio de la responsabilidad parental.
La persona reclamando no ha aportado la información que desvirtúe la información, ni acredite que la madre té la representación legal de la menor, siendo este un requisito necesario para ejercer los derechos relativos a la protección de datos de los menores de catorce años.