Sentido de la resolución: Desestimatoria
Procede desestimar la reclamación, dado que la entidad reclamada actuó conforme a derecho desestimando la petición de supresión formulada por la persona aquí reclamante, le dio una respuesta concreta y ajustada al previsto por la legislación sanitaria, teniendo en cuenta los plazos legales de conservación, y la importancia de conservar sus datos relevantes de salud para garantizar a la persona reclamante una adecuada asistencia sanitaria desde cualquier centro sanitario.