Sentido de la resolución: Declaración de infracción
El uso de los datos de carácter personal con una finalidad diferente en aquella para la cual se obtuvieron sin el consentimiento de las personas afectadas o la concurrencia de una habilitación legal constituye una infracción grave. Los concejales están facultados con el fin de acceder a la documentación del registro de entrada y salida de documentos del Ayuntamiento con la finalidad de control, conforme a la legislación de régimen local. Esta facultad no permite pero utilizar los datos personales en las cuales se ha accedido, con el fin de contactar con las personas afectadas con el fin de ofrecerle apoyo. Artículos aplicados: 3 h), 4, 5, 6, 44.3 D) LOPD; 10 y 12 RLOPD; 164 Decreto legislativo 2/2003.