Sentido de la resolución: Declaración de infracción
Se considera que la entidad imputada habría vulnerado la MS relativa al registro de accesos, por el hecho de no registrar la información sobre los accesos denegados; no haber instalado ningún mecanismo que impidiera su manipulación; y no haberse revisado -para el responsable de seguridad- la información registrada ni elaborado los correspondientes informes sobre estas revisiones. Artículos aplicados: Art. 9 y 44.3.h) LOPD, y 103 RLOPD