Sentido de la resolución: Declaración de infracción
La falta de medidas de seguridad es constitutiva de una infracción grave. Es contraria a la medida de seguridad relativa a la gestión de documentos y apoyos, la instalación de unas cajas de cartón abiertas donde se deposita la documentación objeto de rechazo, dado que no evitan el acceso a la información que contiene o su recuperación posterior. Asimismo, hace falta que el registro de incidencias esté implementado. Por su parte, la falta de suscripción del correspondiente contrato con las empresas que prestan el servicio de recogida y destrucción de documentación que contenía datos personales es consistís de una infracción leve. Artículos aplicados: 9, 12, 44.3.h y 44.2.d LOPD; 90 y 92 RLOPD.