Sentido de la resolución: Declaración de infracción
El tratamiento de datos de carácter personal de menores de catorce años (difusión de imágenes de alumnos de un centro escolar a través de diferentes canales de información) sin el consentimiento de sus padres o tutores, es constitutivo de una infracción grave. Corresponde al responsable del tratamiento la obtención del consentimiento. Artículos aplicados: 3, 6 y 44.3.b LOPD; 5, 12 y 13 RLOPD.