Sentido de la resolución: Declaración de infracción
Los tratamientos de datos vinculados a las notificaciones en procedimientos sancionadores por infracciones en materia de tráfico tienen que respetar también principio de calidad de los datos, teniendo en cuenta aquello previsto a la normativa sectorial aplicable. Artículos aplicados: Artes. 44.3 d) y 4 ambos de la LOPD, art. 78 del RDL 339/1990