Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
Sobreseimiento. No puede recaer sobre la PG-ME, en funciones de policía judicial, la responsabilidad de haber notificado en encima abierto una resolución judicial -que incluye datos relativos a infracciones penales-, a una persona que no es la destinataria, dado que corresponde al Secretario/aria judicial la gestión de las comunicaciones judicial. No obstante el anterior, se efectúa una recomendación en la DGP sobre cómo actuar en estos casos.