Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
Inicialmente se imputaba al Ayuntamiento la vulneración del deber de secreto, por la difusión de una sentencia sin anonimizar, en el tablón de anuncios de la zona de descanso de los agentes de la policía municipal. Ante las alegaciones del Ayuntamiento y actuaciones efectuadas se infiere pero que el Ayuntamiento no sería responsable del tratamiento imputado, sino que lo habría efectuado un miembro de la policía local con respecto a un asunto ajeno al Ayuntamiento. Por eso se traslada al AEPD