Sentido de la resolución: Declaración de infracción
Cesión ilícita en un juzgado, por parte de un organismo autónomo de carácter administrativo, de datos relativas a personas que no eran parte en el procedimiento judicial, dado que estos datos personales se encontraban incluidas en el expediente administrativo solicitado por el citado órgano judicial. Se rechaza la vulneración del principio non bis in idem, así como la existencia de una infracción continuada. Artículos aplicados: 44.4.b), 11 LOPD, 48 Ley 29/1998