Sentido de la resolución: Amonestación
Se resuelve amonestar en el Ayuntamiento de Cardedeu dado que no ha realizado la evaluación de impacto de protección de datos necesaria, en relación al tratamiento de datos personales que lleva a cabo en el marco de la prestación del servicio de recogida de residuos lleva a puerta. Así mismo, también se amonesta el Ayuntamiento por no haber acreditado el cumplimiento de su deber de información, con carácter previo al momento en que las personas usuarias de este servicio facilitan sus datos personales, para obtener los elementos de contención.