Sentido de la resolución: Inadmisión
Se declara inadmisible, dado que no se puede admitir a trámite dicha denuncia, al no concurrir uno de los requisitos necesarios por su admisión, como es que la persona que presenta una denuncia se haya identificado y lo haya firmado ( Ley Apdcat y LPAC). De todos modos, de la documentación que acompaña la denuncia, se pone de manifiesto que del relato de los hechos denunciados tampoco se infiere una vulneración de la normativa de protección de datos.