Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
La notificación de la diligencia de embargo al arrendatario, una vez se ha declarado el embargo de los créditos que este tiene que pagar al arrendador (deudor tributario) es lícita en conformidad con la legislación tributaria y se fundamenta en el cumplimiento de una misión en interés público o el ejercicio de poderes públicos.