IP 169/2021
17/11/2021
En el supuesto de subcontratación aquí examinado, es de aplicación la derogada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y así mismo, y también la normativa de contratación pública. En el caso examinado ha quedado acreditado que en la subcontratación de prestación de servicios a la nube se cumplieron con los requisitos establecidos a la citada normativa.