Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
Si bien Aqualia desatendió la solicitud de cancelación formulada por el denunciante por el hecho de no haber dado traslado inmediato de la solicitud al Ayuntamiento, tal como tendría que haber hecho para actuar como encargada del tratamiento y no tener encomendada la resolución de las solicitudes de ejercicio de los derechos ARQUEO. Pero eso en sí mismo no constituye una infracción de la LOPD. Y en la medida en que la denegación de la cancelación se atiene a derecho por el hecho de que Aqualia trata los datos necesarios para la prestación del servicio de suministro de agua potable al aquí denunciando, no se observan indicios que lleven a considerar que el silencio o aquietament de esta entidad ante la solicitud de cancelación haya impedido u obstaculizado el ejercicio del derecho de cancelación. Igualmente, el encargo del tratamiento efectuado por el Ayuntamiento en favor de Aqualia para la prestación del referido servicio habilita a esta entidad a tratar los datos del denunciante necesarios para el cumplimiento de las funciones encomendadas, sin que sea necesario su consentimiento.