Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
El acceso a la historia clínica por parte de los profesionales sanitarios es una acción conforme a la normativa de protección de datos si responde a la prestación de un servicio asistencial. El tratamiento de determinados datos de salud en el seno de un procedimiento de responsabilidad patrimonial estaría habilitada por disposición legal y en razón del derecho de defensa. Artículos aplicados: 3.c, 7 y 8 LOPD, 5.1.t RLOPD, 16 Ley 41/2002, 11 Ley 21/2000, 139 Ley 30/1992, 24.2 CE