Sentido de la resolución: Archivo / sobreseimiento
Facilitar el acceso a datos personales obrants en un expediente administrativo por parte de quien es persona interesada en este expediente no se puede considerar como una cesión de datos ilícita en uno tercero, ya que el arte. 35.a) de la Ley 30/1992 habilita dicho acceso. Artículos aplicados: art. 11 LOPD y 35 a) Ley 30/1992