La normativa de protección de datos de carácter personal no impide el acceso de los representantes de los trabajadores a la identidad de las personas que ocupan o han ocupado un puesto de trabajo a la Diputación durante un periodo de tiempo concreto, y a la duración de los nombramientos. Con respecto al acceso a la relación nominal de las personas que forman parte de las bolsas de trabajo y no han sido seleccionadas para ocupar un puesto de trabajo concreto, la normativa de protección de datos tendría que llevar a facilitar esta información de manera seudonimitzada, asignando a cada persona trabajadora un código que no permita llegar a identificarla. En cuanto a la información relativa al número de personas que están trabajando actualmente a la Diputación sin formar parte de ninguna bolsa de trabajo activa, en el lugar donde trabajan y a la duración de los nombramientos, dado que el solicitante no pide su identificación, no hay obstáculo al facilitar esta información de manera que no se pueda identificar a las personas afectadas.