La persona reclamando no tiene derecho a acceder al contenido de una información reservada previa a la incoación de un expediente disciplinario contra su persona mientras se está tramitando esta fase. Ahora bien, una vez concluida, tiene derecho a acceder a la información personal sobre ella misma que conste en el escrito de denuncia, incluida la identidad de la persona denunciante. Con respecto a los datos relativos a la salud de la persona denunciante que puedan constar tendrán que excluirse de este acceso, salvo consentimiento expreso de la afectada o de una norma con rango de ley que lo habilite. No obstante, si se incoa expediente disciplinario contra la persona reclamando se podría justificar el acceso a estos datos, en la medida en que se acredite la relevancia de dicha información para el ejercicio de su derecho de defensa.