La normativa de protección de datos no impide el acceso del reclamante al informe solicitado, incluidos los datos meramente identificativos del inspector de educación que lo firma, de los presidentes entrante y saliente del AMPA y del director y director adjunto de los Servicios Territoriales, así como a sus propios datos. Con respecto a los datos del director del instituto habría que limitar el acceso a las valoraciones recogidas en el informe cuando sean reproducción de las valoraciones de los informes de la Inspección de Educación en relación con el ejercicio de la Función Directiva.