La normativa de protección de datos no impediría el acceso de la reclamante a la información solicitada sobre las inspecciones y expedientes sancionadores realizados en el distrito, excepto la información sobre la ubicación o dirección de los locales o viviendas donde se hayan realizado las actuaciones, u otra información que permita identificar por vías indirectas a las personas físicas titulares de los mismos (incluidos los empresarios individuales). La normativa de protección de datos tampoco impide el acceso a los datos identificativos (nombre, apellidos y cargo) de las personas que han intervenido como instructoras de los expedientes sancionadores tramitados.