La normativa de protección de datos no impide facilitar al representante de los trabajadores acceso a la documentación sobre el proceso de selección para proveer una plaza de inspector de la policía local, consistente en las bases, anuncios, convocatorias, así como los resultados finales de las personas que han superado el proceso selectivo. En cambio, no resulta lo bastante justificado comunicar los resultados de las diferentes pruebas o fases del concurso, ni tampoco la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos, visto el transcurso del tiempo desde la realización del proceso selectivo (2009) y la finalidad instrumental de esta lista.