La legislación de procedimiento administrativo habilitaría la publicación del nombre y apellidos de las personas solicitantes de las subvenciones concedidas a los efectos de alcanzar la finalidad de notificación en el sí del procedimiento de concesión, si así está previsto en la convocatoria. En caso de que hubiera coincidencia de nombres y apellidos entre los concurrentes, se podrían publicar las cuatro últimas cifras del NIF de las personas afectadas. La legislación de transparencia habilitaría la publicación del nombre y apellidos de las personas beneficiarias de subvenciones y ayudas, a los efectos de alcanzar la finalidad de publicidad y transparencia en materia subvencional de la administración, sin perjuicio de que pueda haber casos en que por razones de concurrencia de circunstancias de vulnerabilidad social de las personas afectadas, haya que preservar la identidad de estas personas.