La entidad aseguradora puede solicitar acceder a los datos personales de los titulares de las áreas privadas de caza donde haya tenido lugar un accidente por colisión con un animal cinegético, con el fin de llevar a cabo la reclamación de la responsabilidad que se deriva, en virtud de la habilitación que le confiere la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.