El acceso de un concejal en los expedientes de las personas contratadas en el marco de un Plan de apoyo a las políticas sociales municipales puede quedar amparado por el derecho de los concejales en consultar determinada documentación de que dispone el Ayuntamiento para el ejercicio de sus funciones, independientemente de su condición o no de miembro del equipo de gobierno. La difusión en la web municipal de los datos identificativos de estas personas, si bien puede tener habilitación legal, tiene que observar el principio de calidad, según el cual se tiene que evitar dar determinada información sobre estas personas, como, la situación social en que se encuentran.