El progenitor solicitante tiene derecho a acceder a una copia del informe de derivación elaborado por los servicios sociales, salvo la información que haga referencia a los datos de contacto del otro progenitor, así como los datos de la pareja de éste y su hija. Eso, a menos que respecto de la información que afecta a los hijos menores, se pueda tener que restringir también el acceso en el caso que los servicios sociales detecten que hay una situación de conflicto entre los intereses del progenitor solicitante y los de los hijos menores que lo justifique.