En la medida en que la Universidad disponga del consentimiento inequívoco, previo, expreso e informado de las personas afectadas, en los términos expuestos en el dictamen, es posible depositar en acceso abierto los datos de las investigaciones (grabaciones) de los proyectos subvencionados por el Programa H2020, si bien es recomendable valorar la pertenencia de difundirlas en las condiciones previstas, especialmente, en aquellos supuestos en que se podrían revelar datos merecedores de especial protección. La grabación de personas físicas focalizada en el movimiento de los labios mientras pronuncian frases preestablecidas, con el fin de facilitar el aprendizaje de la lectura de labios, no parece que en este caso tenga que ser considerada un tratamiento de datos biométricos, en el sentido establecido en el artículo 9 del RGPD.