- ÁMBITO SECTORIAL
- ÁMBITO SECTORIAL
- Educación
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Centro educativo
- Fuerzas y Cuerpos Seguridad
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos menor
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Centro educativo
- PRINCIPIOS
- Deber secreto
- Principio finalidad
- Finalidad policial
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- Proporcionalidad
Los centros educativos están legitimados para poder tratar los datos personales de sus alumnos que sean necesarias para el ejercicio de las funciones docente y orientadora que tienen atribuidas, sin necesidad de contar con su consentimiento o el de su representante legal. Asimismo, entre otros supuestos analizados, pueden comunicar determinados datos a la policía de proximidad, sin consentimiento, para contrastar la información que se tiene sobre un determinado alumno, en la medida en que esta cesión se fundamente en la protección del interés del menor y se enmarque dentro de la función educativa que el centro tiene atribuida por la LO 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.