Se valora positivamente la formalización de la obtención del consentimiento de los pacientes que participan en un estudio a través de la Hoja de consentimiento, sin perjuicio que habría que puntualizar que la cesión de los "datos clínicos y del tratamiento" en el Centro de estudios, se limitará, sólo, a las que sean relevantes a los efectos del estudio (artículo 4 LOPD); que se recomienda identificar el centro hospitalario responsable que solicita el consentimiento al paciente; que sería conveniente recoger el DNI del paciente o el CIP, etc, con el fin de evitar confusiones entre diversas personas con los mismos nombre y apellidos; y que habría que informar sobre la posibilidad de revocar el consentimiento y sobre la posibilidad de ejercer los derechos ARQUEO en relación con los datos tratados en ficheros del Centro de estudios.