La instalación de un nuevo sistema de videovigilancia en dependencias o instalaciones del Ayuntamiento con finalidad de garantizar la seguridad no necesita de la aprobación de un nuevo fichero si el Ayuntamiento ya dispone del fichero "Videovigilancia" que incluye esta finalidad. Hará falta pero que el Ayuntamiento apruebe una nueva memoria que incluya tanto a las cámaras ya existentes como a las que ahora se quiera implantar. En caso de producirse un robo que haya quedado registrado para las cámaras de videovigilancia, el Ayuntamiento se encontraría legitimado para poner en conocimiento de la policía los hechos y las imágenes registradas.