El ayuntamiento puede acceder a los datos del Padrón para escoger, mediante sorteo público, a un grupo de niños del municipio e informarlos sobre la puesta en marcha de un proceso de participación ciudadana. Ahora bien, si la modalidad de proceso participativo escogida es un foro de participación, los datos sólo podrían utilizarse para comunicar a los niños, con edades comprendidas entre los 9 y 14 años, la posibilidad de inscribirse en el registro de participación creado a tal efecto, y posteriormente hacer el sorteo entre los inscritos.