La comunicación de la resolución del procedimiento de concesión de ayudas escolares a terceros diferentes de los interesados constituye una cesión que, a falta de habilitación legal, requiere de su consentimiento. Ahora bien cualquier ciudadano puede acceder a la relación de personas beneficiarias de las ayudas que, de acuerdo con la LGS, tiene que ser objeto de publicación por parte del ente local. Por otra parte, la presentación de una declaración responsable para el solicitante de la ayuda permitiría al ente local comprobar, durante el procedimiento, que este no tiene deudas pendientes de pago con el centro escolar donde está escolarizado el alumno o bien que tiene concedido el aplazamiento, el fraccionamiento o su suspensión.