La aplicación de la LOREG como norma supletoria al proceso electoral del Colegio profesional habilitaría el acceso al censo electoral colegial de los candidatos una vez proclamados como tales, sin necesidad de consentimiento previo de los afectados. En la medida en que los datos de este censo coincidan con las incluidas en su listado de colegiados, se podría facilitar el acceso a cualquier persona, como ahora, a las candidaturas, y se podría utilizar para la consecución de un interés legítimo, como sería el caso del envío de información electoral.