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Se han encontrado 121 resultados con los descriptores VIDEOVIGILANCIA
Grabaciones efectuadas por cuerpos policiales, mediante cámaras móviles.
IP 286/2021
La grabación de imágenes por cuerpos policiales, sin disponer de autorización administrativa previa, mediante dispositivos móviles, está amparada por la normativa que regula la captación de imágenes a la vía pública. Esta normativa determina que no es necesaria tal autorización en supuestos de máxima urgencia y si las circunstancias del caso impiden la obtención a tiempo de la autorización mencionada, situación que se daba en el caso analizado.
12/07/2022
Derecho de información respeto las cámaras de tráfico.
IP 367/2021
Las cámaras instaladas para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico se regulan por la normativa específica y, supletoriamente, por la normativa de protección de datos personales. El cartel se puede limitar a informar de la existencia de la cámara o el dispositivo de control de velocidad. Así mismo, se tiene que facilitar la información adicional sobre el tratamiento de datos personales.
31/05/2022
Acceso a datos propios y a las imágenes captadas por una cámara de videovigilancia ubicada en el edificio consistorial.
PT 22/2022
Se estima el derecho de acceso de la persona reclamante a sus propios datos en poder del Ayuntamiento, incluyendo las imágenes captadas por la cámara de videovigilancia ubicada en el edificio consistorial, y se desestima el derecho de acceder a las imágenes y/o voces de terceras personas que puedan aparecer en las grabaciones de la cámara de referencia.
17/05/2022
Instalación de cámaras de videovigilancia en espacios de recogida de residuos municipales
CNS 4/2022
La normativa vigente no da habilitación suficiente al Ayuntamiento para instalar un sistema de videovigilancia en un espacio abierto que forma parte de la via pública con finalidad de controlar y, si procede, ejercer la potestad sancionadora respecto de conductas incívicas relativas al dipósito de residuos en las áreas de recogida. Si el sistema de videovigilancia se instala en espacios de recogida de residuos cerrados y delimitados que no comporten la captación de la via pública, el ayuntamiento puede tener habilitación para este tratamiento, sin perjuicio que también tendrá que cumplir el resto de principios y obligaciones previstas en la normativa de protección de datos personales en los términos previstos en el RGPD, la LOPDGDD y la Instrucción 1/2009. Un sistema de videovigilancia en la via pública con la finalidad de controlar actos vandalicos contra la seguridad pública se podria considerar legítimo desde el punto de vista de la normativa de protección de datos si lo lleva a cabo la policia local de acuerdo con los principios y garantias de la normativa específica de videovigilancia policial.
10/03/2022
Grabaciones con cámaras al exterior de una microdeixaieria.
PS 50/2021
Se amonesta un Ayuntamiento como responsable de 4 infracciones: 1) para captar imágenes de la vía pública mediante las cámaras instaladas al exterior de la microdesechería, de manera desproporcionada (se captaba la vía pública más allá del que resulta imprescindible); 2) para utilizar las imágenes captadas con fines de seguridad para identificar la persona que no había depositado correctamente unos residuos; 3) Porque lo RAT no incluye toda la información preceptiva y contiene información inexacta; y 4) Por no informar de forma completa a las personas afectadas.
01/02/2022
Responsable del tratamiento de datos derivado de la instalación de un sistema de videovigilancia en los centros docentes
CNS 43/2021
En atención a lo que dispone el artículo 4.7 del RGPD, la condición de responsable del sistema de videovigilancia en los centros docentes que formulan la consulta, corresponde a la persona física o jurídica que tenga la capacidad de decidir sobre la implantación del sistema, sobre la finalidad del mismo, y sobre el resto de características y condiciones en que se lleva a cabo el tratamiento.
23/09/2021
Contenido del cartel informativo de la existencia de las cámaras.
IP 126/2021
Se denunciaba que el cartel informativo de la existencia de la cámara o cámaras que habría instalado, no incorporaba la información sobre la identidad del responsable del tratamiento. De las actuaciones, no se ha acreditado ni la existencia de las cámaras en la ubicación objeto de denuncia, ni tampoco que el cartel la hubiera colocado la entidad denunciada.
13/09/2021
Càmeres que no estan en funcionament.
IP 128/2021
No resulta d'aplicació la normativa de protecció de dades personals a les càmeres instal·lades, però que encara no han entrat en funcionament.
13/09/2021
Adecuación de un sistema de videovigilancia a la normativa de protección de datos
CNS 42/2021
La normativa de protección de datos no da habilitación suficiente al Ayuntamiento para instalar un sistema de videovigilancia en la vía pública con finalidad de controlar y, si procede, ejercer la potestad sancionadora respecto de conductas incívicas relativas al vertido de residuos en las áreas de recogida. En caso de que el Ayuntamiento instale un sistema de videovigilancia en espacios de recogida de residuos cerrados y delimitados, y no en la vía pública, habría que dar cumplimiento a los principios y garantías de la normativa de protección de datos personales en los términos previstos en el RGPD, la LOPDGDD y la Instrucción 1/2009.
03/09/2021
IP 307/2020
Impresiones de las imágenes captadas por las cámaras.
La impresión de las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia recogidas con hasta de seguridad, con el fin de organizar un dispositivo de seguridad para proteger a una persona empleada que había sido amenazada por un usuario, no contraviene el principio de limitación de la finalidad. Pega|Ocurre el archivo cuando la entidad denunciada acredita hacer efectivo el derecho de información y tener nombrada un DPD.
22/07/2021
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