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Se han encontrado 41 resultados con los descriptores Obligación legal
Control de temperatura a los trabajadores de una entidad con motivo de la Covid19
El servicio de prevención de riesgos laborales puede tratar los datos de salud de los trabajadores cerca el establecimiento de un control de temperatura corporal previo a la entrada en el centro de trabajo, vista la obligación de la entidad de garantizar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras a su servicio en los aspectos relacionados con el trabajo. Respecto de trabajadores externos a la entidad, el tratamiento lo tendría que llevar a cabo el servicio de prevención de la empresa a la cual pertenecen. Fuera de este supuesto, el tratamiento de los datos para|por la entidad sólo sería lícito en caso de que las autoridades competentes en materia de salud pública adopten esta medida.
21/05/2020
Utilización de los datos del IBI con finalidad informativa
CNS 15/2020
El acceso a los datos identificativos y de contacto de los titulares de los inmuebles que el ayuntamiento dispone como consecuencia de la gestión del IBI para comunicarles un posible empleo ilegal o para la limpieza de las franjas forestales puede ampararse en el artículo 6.1.e) y 6.4 RGPD en relación con las normas que atribuyen competencias a los ayuntamientos en las materias mencionadas y la Ley del Catastro.
15/05/2020
Comunicación lícita de datos personales.
IP 247/2018
Se considera que las comunicaciones de datos personales del denunciante, por parte de la entidad que prestaba el servicio de casal de verano -por cuenta del Ayuntamiento- a los Servicios Sociales ya la Policía Local, estaba amparada por la base jurídica prevista en el art. 6.1.c) RGPD.
30/01/2020
Difusión y acceso a determinada información de entidades jurídicas
CNS 29/2019
Desde el punto de vista de la protección de datos sería posible ampliar la información accesible a través de la Guía de Entidades Jurídicas, así como su difusión en datos abiertos, respecto de las personas que ocupan cargos en los órganos de gobierno o que han sido fundadoras de las entidades inscritas en el Registro de Entidades Jurídicas. El acceso de uno tercero a la memoria económica de las cuentas anuales de las fundaciones y asociaciones de utilidad pública tendría que efectuarse previa anonimización de los datos personales que puedan constar, a menos que cuente con el consentimiento de las personas titulares de los datos.
05/07/2019
Comunicación de datos de los alumnos matriculados programas de formación e inserción para hacer un seguimiento de su itinerario educativo
CNS 25/2018
El tratamiento de los datos identificativos de los alumnos matriculados en PFI por parte de los servicios territoriales de un Departamento de la Generalitat con la finalidad de hacer un seguimiento del itinerario de los alumnos que han abandonado los estudios obligatorios mientras dure esta situación puede considerarse compatible con la finalidad inicial para la cual se recogieron los datos. La comunicación de esta misma información desde el Departamento a un Consorcio de Educación constituye una cesión o comunicación de datos en terceros habilitada al amparo del artículo 6.1.e) RGPD, en relación con el artículo 160 de la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación y del artículo 123. i) de la Carta Municipal de Barcelona.
17/05/2018
Revelación del contenido de las diligencias de embargo de bienes inmuebles
CNS 16/2018
En las diligencias de embargo de bienes inmuebles no es necesario incluir información sobre las personas, diferentes del obligado tributario, que ostentan algún derecho real sobre el bien inmueble embargado, salvo el supuesto de no coincidencia entre propiedad y posesión del bien, en que se podrá hacer constar la identidad del poseedor. La comunicación, si pega, de estos datos a terceras personas interesadas está expresamente habilitada por el LGT y, a partir del próximo 25 de mayo, por las previsiones del artículo 6.1.c) y e) del RGPD.
06/04/2018
Comunicación de información de un trabajador municipal en las actuaciones previas a un procedimiento sancionador
CNS 18/2018
La normativa de protección de datos no impide la comunicación de los datos relativos al nombre y apellidos, la dirección postal y el teléfono de un trabajador municipal que había tenido algún tipo de participación en los hechos investigados, a requerimiento del órgano competente para la instrucción de unas actuaciones previas a un procedimiento sancionador.
27/03/2018
Adecuación a la normativa de protección de datos del Programa de homogeneización de los procesos y mecanismos internos de tramitación de los tributos y las cotizaciones sociales
CNS 22/2017
Las entidades que conforman el sector público de la Generalitat de Catalunya son, cada una de ellas, responsables de los tratamientos de los datos personales de que disponen. La responsabilidad de la Agencia Tributaria de Cataluña y de la Dirección General de Protección Social en el tratamiento de estos datos dependerá de la manera en que se articule su comunicación, si bien, para la información de que se dispone, estas podrían adoptar la postura de encargadas del tratamiento, siempre que se formalice el correspondiente contrato de encargo. En este dictamen también se analiza el cumplimiento de algunas de las obligaciones impuestas por la normativa de protección de datos (obtención del consentimiento, deber de información, creación de ficheros y resolución de los procedimientos de ejercicio de derechos).
26/05/2017
- ÁMBITO SECTORIAL
- Hacienda pública
- DERECHOS HABEAS DATA
- Condiciones ejercicio
- Derecho información
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- PRINCIPIOS
- Principio licitud
- Consentimiento
- Obligación legal
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Ficheros datos
- Ficheros titularidad pública
- Inscripción ficheros
- RESPONSABLE TRATAMIENTO
Utilización de los datos de contacto para efectuar una notificación a los ex trabajadores de la empresa
CNS 76/2016
En el presente caso se considera que utilizar los datos personales de contacto de los ex trabajadores, que se mantienen bloqueados, a los efectos de cumplir una obligación legal -como notificarles una reclamación de acceso interpuesta ante la Comisión de Garantía del derecho de Accés a la Información Pública- no resultaría contrario a la normativa de protección de datos.
20/12/2016
Publicación de datos relativos a las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad
CNS 73/2016
En los casos en que se haya autorizado o reconocido la compatibilidad de una actividad secundaria, la Ley 19/2013 justifica, en atención al interés público prevalente, que la publicación de los datos incorpore los datos identificativos (nombre, apellidos y cargo) del empleado público afectado, así como lo actividad y la empresa o entidad donde la desarrolla, a menos que la persona afectada se encuentre en una situación de protección especial, circunstancia que justificaría llevar a cabo una nueva ponderación. En cuanto al dato relativo a la localización de la empresa o entidad donde se desarrolla la actividad secundaria, en principio se trata de una información innecesaria para alcanzar la finalidad que persigue la norma, aunque en determinados supuestos podría estar justificada su publicación.
12/12/2016
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