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Se han encontrado 52 resultados con los descriptores Conservación
Acceso a información personal para una empresa asesora en materia contable
CNS 47/2012
La comunicación de datos personales a una persona que ha sido contratada por el responsable para llevar a cabo tareas de asesoramiento contable puede considerarse un acceso por cuenta de terceros, en la medida en que el tratamiento de estos datos es necesario para la prestación de este servicio, si bien hace falta que se haya formalizado un contrato de encargado del tratamiento.
29/10/2012
Conservación de la auditoría por parte de la entidad que la lleva a cabo por cuenta del responsable del fichero
CNS 34/2011
De acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, en caso de que la auditoría de seguridad se lleve a cabo por una entidad externa a la entidad auditada, aquella no está obligada a conservar la documentación de la auditoría más allá de su entrega al responsable del fichero o tratamiento.
21/10/2011
Diversas cuestiones relacionadas con la implantación de un proyecto que prevé el uso de aparatos desfibriladores en lugares públicos
CNS 1/2011
La puesta en marcha de un proyecto que prevé el uso de desfibriladores en espacios públicos permite la recogida de información personal que se puede asociar a la persona atendida y, por lo tanto, llegar a identificarla sin requerir esfuerzos desproporcionados. La cesión de los datos de salud registrados en los aparatos en el centro de salud para que se incorporen a la historia clínica del paciente se considera legítima en este caso (artículo 11.2.f) de laLOPD). La instalación de una cámara en las cabinas en que se ubicarán los desfibriladores tendrá que cumplir las previsiones de la Instrucción 1/2009 con el fin de poder considerar su tratamiento legítimo.
24/01/2011
Diversas cuestiones relativas al tratamiento de datos con hasta de videovigilancia
CNS 53/2010
Cuando se captan y s’enregistren imágenes con hasta de videovigilancia, estas sólo s’han de conservar por el periodo de tiempo que sea estrictamente necesario para dar cumplimiento a la finalidad perseguida con su recogida. Con carácter general, se recomienda no exceder el plazo máximo d’un mes para cancelar las imágenes tratadas, y se acuerda de que la cancelación comportará el bloqueo de todas las imágenes captadas, salvo las que s’hagin d’emprar para la depuración de posibles responsabilidades nacidas de su tratamiento.
12/01/2011
Comunicación de datos personales de expedientes de depuración de personal y de otros expedientes que contienen datos personales
CNS 42/2010
La comunicación de datos personales a investigadores, familiares o ciudadanos en general se tiene que someter al régimen previsto en la LOPD (artículos 11 y 21). Se analiza especialmente el acceso por parte de investigadores a determinados archivos que contienen datos personales, que puede producirse con determinadas condiciones exigidas por la normativa aplicable, principalmente, acreditar la condición de investigadores y la naturaleza del estudio a realizar, justificando la finalidad histórica, científica o cultural relevante, y siempre que quede debidamente garantizada la intimidad de personas físicas vivas afectadas. Si pega, puede ser adecuada en determinados supuestos la firma de cláusulas de confidencialidad o de una declaración responsable. Hay que tener en cuenta las previsiones de la normativa estatal y catalana de archivos y los plazos que se prevén.
21/12/2010
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos personas difuntas
- Datos sensibles
- Datos salud
- Infracciones penales administrativas
- DERECHOS FUNDAMENTALES
- Derechos honor, intimidad y propia imagen
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho información
- PRINCIPIOS
- Conservación
- Principio finalidad
- Finalidad histórica, científica o estadística
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- Proporcionalidad
Plazo de conservación de la documentación relativa a las auditorías
CNS 12/2010
De acuerdo con la normativa de protección de datos, la documentación que forma parte de las auditorías de seguridad requeridas por dicha normativa debe conservarse durante un período mínimo de tres años, o hasta que se realice la auditoría de seguridad siguiente, si esta no se ha efectuado dentro del plazo de dos años exigible. Al margen de ello, la conservación de dicha documentación puede resultar conveniente durante un plazo más extenso, a efectos de disponer de una información completa que permita evaluar la evolución de las medidas de seguridad aplicadas, así como a efectos de disponer de elementos probatorios del cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos, mientras no hayan prescrito las responsabilidades por los daños que se hayan podido ocasionar con el tratamiento de datos.
01/01/2010
Consulta relativa a una Instrucción sobre el uso de sistemas y tecnologías de la información y la comunicación
CNS 17/2009
Se consulta sobre el contenido de una Instrucción de un Ayuntamiento, referente al uso de sistemas y tecnologías de la información y la comunicación por parte del personal del Ayuntamiento. Los datos de los empleados se someten a la protección de la LOPD. La estipulación relativa a la propiedad de la información contenida en los sistemas de información municipales debe interpretarse teniendo en cuenta, especialmente, el principio de consentimiento y el ejercicio de los derechos ARCO. El mantenimiento y la comprobación del buen uso de las herramientas de trabajo deben servir para garantizar el normal funcionamiento del sistema. El control sobre dichas herramientas tiene que respetar el marco normativo aplicable y la jurisprudencia. El mantenimiento de determinados rastros que comportan tratamiento de datos personales conlleva la creación del correspondiente fichero.
01/01/2009
- ÁMBITO SECTORIAL
- Laboral
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Dirección IP
- Correo electrónico
- DERECHOS FUNDAMENTALES
- Derechos honor, intimidad y propia imagen
- Secreto comunicaciones
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Conservación
- Principio licitud
- Consentimiento
- REGISTRO PROTECCIÓN DATOS CATALUÑA
- Ficheros datos
Uso de determinados datos de carácter personal y posibilidades de cesión
CNS 14/2008
Procedimiento de actuación de un Pacto territorial y cesión al organismo autónomo competente en materia de ocupación. El procedimiento de actuación del Pacto debe fundamentarse no sólo en la observancia de los principios de calidad, información, consentimiento, seguridad y confidencialidad de los datos, sino también en el cumplimiento de obligaciones como la creación de los correspondientes ficheros y la inscripción en el Registro de Protección de Datos de Cataluña. El Pacto debe poner a disposición de los interesados un medio sencillo y gratuito que permita a éstos el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO).
01/01/2008
Difusión de información de una base de datos de carácter histórico
CNS 3/2006
La protección de datos es un derecho fundamental y de carácter personalísimo, por lo tanto se necesita el consentimiento de la persona afectada para tratar los datos, previa información de la finalidad que se persigue. La información relativa a las personas difuntas no está sometida a la normativa de protección de datos sin embargo, según normativa sectorial y, con carácter general, si se trata de documentos que pueden afectar los derechos a l’honor, la intimidad o la propia imagen, la difusión será posible cuando hayan transcurrido los plazos establecidos a la normativa aplicable.
01/01/2006
Cancelación de datos personales tratados por las administraciones públicas
CNS 17/2005
La normativa de protección de datos se tiene que interpretar de forma conjunta con la normativa relativa al tratamiento de los archivos y documentos generados por la Administración pública, que puede imponer la obligación de mantener y conservar la documentación incluso una vez ha concluido la actuación administrativa y se ha cumplido la finalidad pública que justificó la recogida y el tratamiento de los datos. El ejercicio del derecho de cancelación de datos puede quedar limitado pero el responsable del tratamiento tiene que dar respuesta expresa a la solicitud de cancelación.
01/01/2005
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