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Se han encontrado 52 resultados con los descriptores Conservación
Informe en relación con el Proyecto de Orden por el que se aprueban, modifican y derogan tablas de evaluación y acceso documental
PD 6/2019
09/07/2019
Conservación de los datos de las personas colegiadas que se dan de baja
CNS 13/2019
El Colegio profesional tiene que conservar aquella información que dispone de las personas colegiadas dadas de baja mientras esta resulte necesaria para el ejercicio de las funciones que legalmente tiene atribuidas y, en todo caso, la relativa a la existencia de la colegiación y a su duración.
18/03/2019
La eliminación de la documentación clínico-laboral impide hacer efectivo el derecho de acceso a los datos de salud.
Se ama|estima la reclamación en lo referente a la desatención del derecho de acceso a la documentación clínico-laboral correspondiente a un accidente laboral sufrido por la persona reclamando, que fue atendida al Servicio de Urgencias del hospital donde|dónde trabajaba, si bien no es posible hacer efectivo el derecho de acceso por|para el hecho que el hospital habría suprimido la documentación para considerar que se había agotado el plazo de 5 años previsto a la normativa sectorial sanitaria catalana, reguladora del derecho de acceso a la historia clínica. Al mismo tiempo, se acuerda abrir una fase de información previa con el fin de aclarar la posible comisión de una infracción por no haber conservado los datos de salud clínico-laborales durante el plazo legalmente exigido.
14/03/2019
Inexistencia de infracción.
IP 93/2018
Pega|Ocurre el archivo cuando los hechos denunciantes no constituyen infracción o no constan acreditados. En virtud del principio de limitación del plazo de conservación, es procedente la supresión cuando la conservación de los datos no es necesaria para alcanzar la finalidad perseguida.
06/03/2019
Inexistencia de infracción.
IP 94/2018
Pega|Ocurre el archivo cuando los hechos denunciantes no constituyen infracción o no constan acreditados. En virtud del principio de limitación del plazo de conservación, es procedente la supresión cuando la conservación de los datos no es necesaria para alcanzar la finalidad perseguida.
06/03/2019
Informe en relación con el Proyecto de orden por el cual se aprueban, se modifican y se derogan mesas de evaluación y acceso documental
PD 6/2017
28/07/2017
Conservación y cancelación de los datos incluidos en el fichero de llamadas del teléfono de emergencias 112 Cataluña
CNS 27/2017
La resolución de la situación de emergencia que motivó la llamada en el teléfono de emergencias 112 puede comportar la cancelación de la información personal recogida para su gestión y análisis, sin perjuicio que la Ley 9/2007 permite conservarlas por un periodo superior. Dado que la LTC no establece la obligación de conservar la información pública de qué se dispone a los efectos de atender eventuales peticiones de acceso, cumplido este plazo de la Ley 9/2007, se podría proceder a la cancelación de los datos sobre la grabación de una determinada llamada efectuada en el teléfono de emergencias 112 cuando esta resulte pertinente.
14/06/2017
Proceso de detección de altas capacidades
CNS 4/2017
La medida propuesta consistente en solicitar la conformidad de los padres o tutores legales para llevar a cabo una evaluación psicopedagógica, a los efectos de confirmar si el alumnado tiene altas capacidades, se valora positivamente. Por otra parte, en atención al principio de calidad, no parece necesario conservar, más allá del periodo de escolarización obligatoria o postobligatoria, la documentación derivada de estas evaluaciones.
07/02/2017
Utilización de los datos de contacto para efectuar una notificación a los ex trabajadores de la empresa
CNS 76/2016
En el presente caso se considera que utilizar los datos personales de contacto de los ex trabajadores, que se mantienen bloqueados, a los efectos de cumplir una obligación legal -como notificarles una reclamación de acceso interpuesta ante la Comisión de Garantía del derecho de Accés a la Información Pública- no resultaría contrario a la normativa de protección de datos.
20/12/2016
Conservación de datos de niños y adolescentes
CNS 66/2015
El plazo de conservación de 90 años de los expedientes con la finalidad de ejercer el derecho de información por parte del afectado, se puede considerar razonable y adecuado, teniendo en cuenta el principio de calidad en la conservación (art. 4 LOPD). Se recomienda ofrecer a los afectados un mecanismo que les permita tener cierta capacidad de decisión sobre la conservación o no de sus propios datos, sin perjuicio de aquella documentación que la Administración tenga que conservar. La invocación genérica al posible interés de la serie documental para la finalidad de investigación histórica, no puede considerarse suficiente para conservar, sin más filtros, toda la información disponible, vista la información sensible contenida en los expedientes. Una vez establecida qué información tiene bastante entidad para ser conservada con esta finalidad, hará falta aplicar la norma general de anonimització o disociación de la información personal, o bien solicitar la correspondiente autorización para su conservación íntegra (art. 9.2 RLOPD).
19/02/2016
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