El contenido sobre el que se realiza la búsqueda ha sido traducido con un sistema informático sin intervención humana. Puede contener errores de vocabulario, sintaxis o gramática. Esta traducción también puede causar errores en las búsquedas realizadas.
Se han encontrado 24 resultados con los descriptores Condiciones ejercicio
Informe en relación con el Anteproyecto de ley sobre las voluntades digitales y de modificación de los libros segundo y cuarto del Código Civil de Cataluña
PD 1/2017
09/02/2017
Posibilidad de conocer la identidad de las personas que han accedido a la historia clínica
CNS 15/2016
Vista la configuración del derecho de acceso en la normativa de protección de datos (art. 15 LOPD y art. 27 RLOPD), el responsable tiene la obligación de informar al afectado, entre otros, de las "comunicaciones efectuadas o que se prevean hacer". Por lo tanto, el derecho de acceso no incluye la información sobre los accesos que se hayan podido producir por parte del personal propio de la entidad. Facilitar la información referida en los accesos del personal propio del centro en la HC, cuando así lo reclama el afectado, puede suponer un ejercicio de transparencia, que estaría amparado por la legislación de autonomía del paciente, y que puede comportar el efecto positivo de transmitir al afectado un mayor grado de confianza en la buena praxis del centro, respecto del tratamiento que este ha realizado de los datos de la HC.
05/04/2016
Posibilidad de compartir información entre las entidades sociales y de salud de una comarca
CNS 37/2015
La legislación sanitaria y de servicios sociales puede habilitar la comunicación de determinados datos sin consentimiento de los afectados, siempre que la coordinación entre los servicios asistenciales y los servicios sociales así lo requiera. Sólo resultaría legítima la comunicación, por parte de los servicios sociales en el Fichero, de datos de personas atendidos por ambos servicios que han recibido o reciben un servicio específico que tiene alguna repercusión o impacto en su atención médica y limitada a los datos estrictamente necesarias. La LSS puede habilitar el acceso y consulta por parte de los servicios sociales a los datos de la HC de determinadas personas, en determinados supuestos. A menos que las "personas cuidadoras" ostenten y puedan acreditar que tienen la representación legal, que son tutores o que pueden actuar en nombre y representación del afectado, no parece que puedan prestar el consentimiento o ejercer los derechos ARQUEO en nombre de una persona ingresada en una residencia.
08/09/2015
Cancelación de datos personales de las mujeres que ingresan en una casa de acogida
CNS 33/2015
La normativa de protección de datos, en conexión con la normativa aplicable (LSS, Ley 5/2008 y LDOIA), permite que la Entidad responsable no cancele, es decir, que no bloquee ni suprima, como mínimo, durante un cierto tiempo, aquellos datos de la afectada y de su hija que sean necesarios para el correcto cumplimiento de sus funciones. Eso, sin perjuicio de limitar el acceso a la información especialmente sensible o afectadora por la intimidad o la seguridad de las afectadas, que no pueda ser cancelada. Con respecto a los datos personales de la afectada y su hija que sí se puedan cancelar, se tendrán que bloquear y, si pega, suprimir.
03/07/2015
Adecuación a la normativa de protección de datos personales del Protocolo de actuación ante el ejercicio de los derechos ARQUEO a la Historia Clínica Compartida de Cataluña
CNS 25/2015
El Dictamen examina el protocolo de actuación ante el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a la Historia Clínica Compartida de Cataluña (HC3), que se considera adecuadas, a las previsiones establecidas a la normativa sobre protección de datos de carácter personal, siempre que se tengan en cuenta diversas consideraciones, en relación con las previsiones contenidas en la LOPD y el RLOPD con respecto al ejercicio de los derechos ARQUEO.
22/06/2015
Concreción de la petición en el ejercicio del derecho de acceso
CNS 30/2015
El derecho de acceso previsto a la normativa en materia de protección de datos comprende, entre otros aspectos, el derecho a conocer el uso que se ha hecho de los datos relativas al número de DNI y a la matricula de diversos vehículos de aquella persona física que lo solicite, y los datos concretos que se han comunicado a terceras personas, indicando los motivos por los cuales se han consultado estos datos.
18/06/2015
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Documento Nacional Identidad
- Número matrícula vehículo
- DERECHOS HABEAS DATA
- Condiciones ejercicio
- Derecho acceso
- Derecho información
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
Informe complementario en relación con el Proyecto de decreto por el cual se establece el procedimiento para facilitar el conocimiento de los orígenes biológicos
PD 3/2015
07/04/2015
Adecuación del Protocolo de actuación de un diario oficial a la normativa de protección de datos de carácter personal
CNS 33/2014
Se valora positivamente la elaboración de un Protocolo de actuación en relación con la publicación de datos personales en un diario oficial, en la medida en que pretende garantizar el cumplimiento del principio de calidad en este ámbito, si bien se recomienda incorporar alguna directriz adicional relacionada con la limitación temporal de la información personal publicada al diario oficial y con las actuaciones a seguir en caso de ejercicio de los derechos de habeas fecha para los afectados.
16/06/2014
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Datos menor
- Datos sensibles
- DERECHOS HABEAS DATA
- Condiciones ejercicio
- Derecho acceso
- Derecho oposición
- Derecho rectificación
- Derecho supresión
- FUENTES ACCESIBLES
- PRINCIPIOS
- Conservación
- Principio licitud
- Consentimiento
- Principio calidad
- Exactitud
- Proporcionalidad
- RESPONSABLE TRATAMIENTO
- TRANSPARENCIA
Adecuación a la normativa de protección de datos de la edición electrónica de un diario oficial
CNS 24/2014
La entidad responsable del BOP tiene que adecuar su actuación al principio de calidad de los datos, hecho que implica implantar medidas tecnológicas, con el fin de limitar el uso abusivo de los buscadores de Internet, así como limitar el acceso a los datos personales publicados en el BOP cuando la entidad responsable de la ordenación de la publicación de los datos en el boletín acuerde la cancelación y así le notifique.
12/06/2014
Informe en relación con el Proyecto de decreto del derecho a conocer los orígenes biológicos
PD 1/2014
27/02/2014
Total de páginas: 3