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Grabación de los plenos municipales y difusión a través de internet
CNS 25/2012
D’acord con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, la difusión de las sesiones del Pleno de la Corporación constituiría una comunicación de datos que estaría amparada en aquello que dispone l’article 11.2.a) de la LOPD. Esta comunicación estaría habilitada por l’article 70 de la Ley de Bases de Régimen Local y por l’article 156 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, rasgo d’aquelles sesiones o parte de las mismas que puedan afectar al derecho a l’honor, intimidad y propia imagen.
06/06/2012
Medidas de seguridad por la conservación de archivos sonoros de un medio de comunicación municipal
CNS 6/2012
El tratamiento de datos personales especialmente protegidas, mediante el uso del software DALET, obliga en la empresa municipal, como responsable, a implementar, además de las medidas de seguridad de nivel básico y medio, las de nivel alto, con el fin de garantizar así no sólo la confidencialidad, sino también la integridad y la disponibilidad de la información con la finalidad de garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales.
17/02/2012
Deber de información sobre la grabación de las llamadas efectuadas a la policía local
CNS 7/2011
Cuando, para la adecuada prestación de los servicios encomendados a este cuerpo policial sea necesaria la grabación de las llamadas que se efectúan, hay que informar previamente a las personas afectadas, a menos que contribuya alguna de las excepciones previstas al artículo 24.1 de la LOPD, eso es, que se trate de una llamada en el marco de las funciones que tiene atribuidas la policía local en materia de seguridad pública o para la persecución de delitos.
10/02/2011
Diversas cuestiones relacionadas con la implantación de un proyecto que prevé el uso de aparatos desfibriladores en lugares públicos
CNS 1/2011
La puesta en marcha de un proyecto que prevé el uso de desfibriladores en espacios públicos permite la recogida de información personal que se puede asociar a la persona atendida y, por lo tanto, llegar a identificarla sin requerir esfuerzos desproporcionados. La cesión de los datos de salud registrados en los aparatos en el centro de salud para que se incorporen a la historia clínica del paciente se considera legítima en este caso (artículo 11.2.f) de laLOPD). La instalación de una cámara en las cabinas en que se ubicarán los desfibriladores tendrá que cumplir las previsiones de la Instrucción 1/2009 con el fin de poder considerar su tratamiento legítimo.
24/01/2011
Posibilidad de retransmitir en directo por Internet los plenos municipales y de dejar las grabaciones accesibles en la red
CNS 40/2009
La retransmisión en directo de las sesiones del pleno municipal que tengan carácter público, o de las partes de las mismas que tengan este carácter, así como la puesta a disposición de las grabaciones de las mismas en la web municipal, están habilitadas por las disposiciones establecidas en el artículo 156 del Texto refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña, de acuerdo con lo que se establezca en el Reglamento Orgánico municipal.
01/01/2009
Necesidad de incluir un aviso relativo a la grabación de llamadas telefónicas por parte de la policía
CNS 17/2008
El fichero de grabación de llamadas realizadas a la policía local de un municipio está sometido a la LOPD. En lo que se refiere a la exclusión del cumplimiento del deber de informar (artículo 5 de la LOPD), sólo se puede producir por la concurrencia de una afectación para la Defensa Nacional, la seguridad pública o la persecución de infracciones penales, pero no administrativas (artículo 24.1 de la LOPD), teniendo en cuenta la STC 292 /2000. En relación con las llamadas hechas a la policía local, sólo se puede excepcionar el deber de informar cuando la finalidad sea el ejercicio de funciones de la policía local directa y concretamente vinculadas a la seguridad pública o la persecución de infracciones penales. En cualquier otro caso, para las demás llamadas efectuadas, hay que dar cumplimiento al deber de informar en los términos establecidos por la LOPD.
01/01/2008
Instalación de cámaras de videovigilancia en un establecimiento de un municipio
CNS 12/2005
Los datos relativos a personas físicas identificadas o identificables constituidas por imagen y sonido son datos personales. En la instalación y utilización de los dispositivos de videovigilancia hará falta tener en cuenta los principios de calidad de los datos, de proporcionalidad, de idoneidad y de información a los afectados con el fin de respetar debidamente los derechos de los ciudadanos y asegurar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición y cumplir con el resto de obligaciones de la normativa de protección de datos de carácter personal.
01/01/2005
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