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Se han encontrado 37 resultados con los descriptores Colegios profesionales
Denegación de acceso a información relativa a una persona colegiada
IAI 49/2019
La normativa de protección de datos no impediría el acceso del reclamante a la información solicitada, respecto de los datos de contacto profesionales que constan en el Registro de colegiados. Con respecto al dato del correo electrónico, vista la información de que se dispone, la normativa de protección de datos no impediría el acceso del reclamante a la información solicitada, ya que el propio afectado la ha hecho manifiestamente pública. Más allá de eso, no parece justificado el acceso al dato personal de fax de la persona colegiada.
28/10/2019
Cesión de datos de un abogado colegiado en un juzgado
CNS 37/2017
La entrega del número de identificación fiscal de uno colegiado por parte del Ilustre Colegio de Abogados a un Juzgado constituye una comunicación de datos que tiene que sujetarse en lo que establece el arte. 11 de la LOPD. Esta comunicación a requerimiento de un Juez para la el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas, se adecua a la normativa de protección de datos, ya que tiene la habilitación legal en el artículo 11.2.d) del LOPD y al artículo 17.1 del LOPJ.
24/07/2017
Comunicación a una Agrupación de profesionales de datos de los nuevos colegiados en un Colegio profesional
CNS 24/2017
Vista la información que contiene el Registro de colegiados y la información de la guía de colegiados, que es fuente de acceso público, se puede considerar habilitada la comunicación a la Agrupación de los datos relativos a los nuevos colegiados (datos identificativos y de contacto –dirección profesional-, número de colegiación y la fecha de incorporación en el Colegio), sin consentimiento de los afectados. Como opción plenamente respetuosa con la normativa de protección de datos, hay que tener en cuenta también la posibilidad de que el Colegio, al tramitar las nuevas colegiaciones, informe los nuevos colegiados sobre la Agrupación y sus actividades, a fin de que sean estos los que, en caso de estar interesados, tengan la opción de consentir o no la comunicación de sus datos.
21/06/2017
Cesión de datos entre personas colegiadas y asociadas de colegios profesionales para la realización de un estudio
CNS 47/2016
Los flujos de información que describe la consulta comportan la necesidad de establecer un contrato o acuerdo entre el encargado del tratamiento y cada uno de los responsables del tratamiento con el contenido mínimo que requiere el artículo 12 del LOPD. Esta pluralidad de encargos del tratamiento a un mismo encargado se traduce en la existencia de una pluralidad de conjuntos de datos.
08/09/2016
Cesión por parte de un colegio profesional a una Asociación de datos de los antiguos profesionales colegiados
CNS 49/2016
En base a la legislación estudiada (Ley 7/2006 y Ley 2/1974), no hay suficiente habilitación legal para la comunicación de datos personales de los antiguos colegiados del Colegio a la Asociación (que se encuentra en proceso de activación a raíz de la declaración de nulidad del Decreto con que crea el Colegio), sin el consentimiento de los afectados.
07/09/2016
Donación y conservación del fondo documental de una Asociación
CNS 31/2016
En atención al régimen de comunicación de datos (art. 11.2.a) LOPD), a la normativa archivística (LA) y a la normativa reguladora de colegios profesionales (Ley 2/1974, y Estatutos del Colegio), hay suficiente habilitación para comunicar el fondo documental al Colegio que, como responsable, tendrá que determinar qué datos pueden ser conservados para la finalidad histórica, estadística o científica prevista. Con respecto a la exención del deber de informar (artículo 5.5 LOPD), en relación con el traspaso del fondo documental, esta Autoridad tendrá que valorar las circunstancias del caso en el momento que el Colegio solicite la autorización correspondiente.
03/06/2016
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración corporativa
- Colegios profesionales
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho información
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración corporativa
- Colegios profesionales
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Finalidad histórica, científica o estadística
Cesión de datos públicos de colegiados a una corporación de derecho público
CNS 23/2015
La legislación examinada habilita la comunicación de los datos de los miembros de un Colegio profesional relativos a su nombre, titulación, especialidad, lugar de ejercicio y situación de ejercicio profesional en el correspondiente Consejo general de colegios profesionales, a los efectos de actualizar el Registro central de profesionales con el fin de, en última instancia, garantizar el derecho de los consumidores y usuarios a conocer estos datos para la mejor defensa de sus derechos e intereses. Examinado el sistema de comunicación de datos propuesto por el Colegio profesional a tal efecto, este se podría considerar adecuado a la normativa de protección de datos.
11/05/2015
Comunicación a una persona colegiada de información de su Colegio profesional que puede incluir datos de terceros
CNS 22/2014
Una persona colegiada puede tener acceso a las retribuciones de los miembros de la Junta de Gobierno de su Colegio profesional, en la medida que en su condición de colegiado, tiene derecho a ejercer el control de la gestión del órgano de gobierno como miembro de la Asamblea general, de acuerdo con la Ley 7/2006. En caso de que el ejercicio de este acceso a la información de las retribuciones percibidas por los miembros de su órgano de gobierno pudiera afectar también terceras personas, habría que disociar sus datos con cualquier medio que impidiera la identificación, a menos que se contara con el consentimiento de estas personas, o hubiera una ley que habilitara dicha comunicación. La LRJPAC, sólo puede habilitar la comunicación si la persona solicitando tiene un interés legítimo y directo para acceder a los datos personales de terceros que puedan incluir los documentos relativos a las retribuciones detalladas de los miembros de la junta de gobierno (artículo 37.3).
07/05/2014
- ÁMBITO SECTORIAL
- Laboral
- Representantes trabajadores
- Procedimiento administrativo
- Contratación
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración corporativa
- Colegios profesionales
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos anonimizados
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho información
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración corporativa
- Colegios profesionales
- Administración local
- Ayuntamiento
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Acceso al censo electoral por parte de los candidatos a las elecciones de un colegio profesional
CNS 1/2014
La aplicación de la LOREG como norma supletoria al proceso electoral del Colegio profesional habilitaría el acceso al censo electoral colegial de los candidatos una vez proclamados como tales, sin necesidad de consentimiento previo de los afectados. En la medida en que los datos de este censo coincidan con las incluidas en su listado de colegiados, se podría facilitar el acceso a cualquier persona, como ahora, a las candidaturas, y se podría utilizar para la consecución de un interés legítimo, como sería el caso del envío de información electoral.
09/01/2014
Solicitud de información realizada por la administración tributaria sobre los informes de los colegios de abogados referentes a minutas de los suyos colegiados
CNS 47/2013
La elaboración de un listado con información sobre estos informes para su comunicación en el AEAT se puede considerar un tratamiento de datos a los efectos de las previsiones de la LOPD, si permite identificar a los abogados a los cuales se refieren. No resulta justificada la comunicación generalizada de información sobre estos tipos de informes a la administración tributaria al amparo del artículo 94.1 de la LGT, vista la falta de trascendència tributaria de estos informes, para tratarse sólo de estimaciones provisionales sobre los honorarios, y la inexistencia de una disposición general que prevea este requerimiento generalizado de información.
11/10/2013
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