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Se han encontrado 32 resultados con los descriptores Expediente administrativo
Acceso al expediente de un proceso de selección de personal
CNS 4/2016
La solicitante, que tiene la condición de interesada, tiene que tener acceso a los datos identificativos de las personas que han intervenido en el proceso de selección en razón de su cargo, a la información de la persona seleccionada que no tenga consideración de especialmente protegida, así como al decreto de contratación de la persona seleccionada. Con respecto a los datos especialmente protegidas (artículo 7 LOPD), y de otros que pueden dar un perfil de vulnerabilidad de los afectados, tienen que quedar excluidas del acceso, como también los datos personales innecesarios para la finalidad de control del proceso de selección del puesto de trabajo. En caso de que resulte necesario entregar copia de la documentación, sería conveniente recordar el deber de confidencialidad respecto de la información recibida (artículo 10 LOPD), de manera que esta no puede ser utilizada para una finalidad diferente a la que justifica el acceso (artículo 4 LOPD).
01/03/2016
Acceso a información contenida en el expediente de un concurso general de provisión de puestos de trabajo
CNS 68/2015
La persona interesada en un procedimiento de provisión de puestos de trabajo puede acceder a la información aportada por aquellos participantes que han concursado para la misma plaza que ella, sin perjuicio de eliminar, cuando pegue, los datos sensibles que puedan constar y/o los datos irrelevantes para la finalidad de control de la legalidad del proceso. A pesar del derecho a obtener copia de esta información, por aplicación del principio de minimización, siempre que el mero examen del expediente sin obtención de copia permita alcanzar esta finalidad, tendría que optarse por esta posibilidad.
19/01/2016
- ÁMBITO SECTORIAL
- Función pública
- Procedimiento administrativo
- Condición interesado
- Expediente administrativo
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio calidad
- Proporcionalidad
Cesión a un sindicato de la denuncia y el expediente disciplinario relativo a un policía local
CNS 45/2015
En atención al régimen de cesión (art.11 LOPD), no se puede considerar que haya suficiente habilitación legal en base a la normativa estudiada (LRJPAC, EBEP y DL 1/1997) para facilitar copia de la denuncia y de todo el procedimiento al secretario general del sindicato en lo que pertenece el representante de los trabajadores expedientado, sin el consentimiento de este, en los términos expuestos en la consulta, a menos que, además de ser el secretario general del sindicato, también ostente la condición de representante de los trabajadores (de los funcionarios) del Ayuntamiento. El acceso a la información relativa al procedimiento disciplinario, una vez haya concluido este, sólo resultaría habilidad en el caso de contar con el consentimiento expreso de las personas afectadas (art.3. e) LOPD) o con una norma con rango de ley que lo habilitara (artículos 23 Ley 19/2014 y 15.1 Ley 19/2013).
10/09/2015
- ÁMBITO SECTORIAL
- Procedimiento administrativo
- Condición interesado
- Expediente administrativo
- Procedimiento sancionador
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Representantes trabajadores
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- Infracciones penales administrativas
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
- Derecho acceso información
- Representantes trabajadores
Acceso de una empresa de transporte de viajeros al expediente sancionador incoado por el ayuntamiento a uno de sus trabajadores
CNS 35/2015
El acceso de una empresa de transportes de viajeros a la identidad de la persona objeto de un procedimiento sancionador en curso por conducción de un vehículo en motor bajo los efectos de las drogas sólo podría producirse de considerarse que esta ostenta la condición de interesada en el procedimiento. En caso de que el procedimiento hubiera finalizado, el acceso sólo podría otorgarse previo consentimiento expreso del afectado o existencia de otra norma con rango de ley que lo amparara, por aplicación del artículo 15.1 de la Ley 19/2013.
01/07/2015
- ÁMBITO SECTORIAL
- Procedimiento administrativo
- Condición interesado
- Expediente administrativo
- Procedimiento sancionador
- Transportes
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Datos sensibles
- Datos salud
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Acceso al expediente de un proceso selectivo
CNS 5/2015
En el caso examinado, no se podría autorizar el acceso al expediente completo del proceso selectivo solicitado por un ciudadano, vista la finalidad pretendida y el conjunto de información personal que podría constar, entre la cual, datos relacionados con la salud de alguno de los participantes. Ahora bien, sí se podrían facilitar los enunciados de las pruebas efectuadas, las hojas de las respuestas consideradas correctas, si existen, así como las tres pruebas mejor valoradas de cada ejercicio. En este último caso, habría que hacerlo previa disociación de los datos personales de los aspirantes (identificativas y puntuación) y comprobación de que de la información facilitada no será posible llevar a cabo una identificación individualizada del aspirante autor de cada prueba.
10/02/2015
Acceso de una persona denunciada a un expediente de servicios sociales
CNS 31/2014
Dado que el solicitante de datos de una persona atendida por los servicios sociales, que ha sido denunciado por esta, tiene la condición de persona interesada, existe la suficiente cobertura legal (artículo 35.a) y b) LRJPAC), a los efectos que el Ayuntamiento le envíe copia del informe elaborado por los Servicios Sociales del Ayuntamiento incluida la información referida a las dos técnicas que han elaborado el informe. En caso de que se trate de un expediente cerrado, el artículo 37.3 de la LRJPAC da la suficiente habilitación para la comunicación de los informes que pide el solicitante. Todo eso sin perjuicio que los titulares de los datos puedan ejercer los derechos ARQUEO.
30/05/2014
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- Procedimiento administrativo
- Condición interesado
- Expediente administrativo
- Servicios sociales
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho oposición
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
Informe en relación con la Propuesta de Reglamento municipal de gobierno abierto y participación ciudadana, del Ayuntamiento de Premià de Mar
PD 15/2013
04/06/2013
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- Padrón municipal habitantes
- Procedimiento administrativo
- Procedimiento administrativo
- Condición interesado
- Expediente administrativo
- DERECHOS HABEAS DATA
- Derecho oposición
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio licitud
- Consentimiento
- TRANSPARENCIA
Acceso a la identificación de miembros de la policía local
CNS 18/2013
La obligación de identificar dos miembros de la policía local de un municipio, a fin de que un ciudadano pueda presentar contra ellos una querella criminal, puede entenderse cumplida con el hecho de facilitarle el número de sus tarjetas de identificación profesional. Si bien cualquier ciudadano puede acceder a la resolución de nombramiento de los policías publicada por el Ayuntamiento en el diario oficial correspondiente, el acceso a las resoluciones administrativas del expediente del proceso selectivo en que las personas que han participado son identificadas con el nombre, apellidos y número AHÍTO, sin consentimiento, sólo sería posible si se acredita disponer de un interés legítimo y directo al respecto.
12/03/2013
- ÁMBITO SECTORIAL
- Función pública
- Procedimiento administrativo
- Expediente administrativo
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- Fuerzas y Cuerpos Seguridad
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- Datos trabajadores
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- PRINCIPIOS
- Principio calidad
- Proporcionalidad
- TRANSPARENCIA
Comunicación a un ciudadano de determinados documentos que forman parte de un expediente administrativo
CNS 41/2010
Desde la perspectiva de la protección de datos se considera que el acceso a la información ambiental que contiene datos personales se tendrá que ver restringido o limitado, en cualquier caso, cuando implique una afectación para los datos que tengan que requerir confidencialidad o para aquellas en que el ordenamiento jurídico ya establece una reserva especial. Para otorgar el acceso a la documentación previamente habrá que analizar la tipología de los datos incluidos, la finalidad por la cual se tratan, el régimen de protección aplicable, así como ponderar el interés público atendido con su divulgación con el interés atendido con su denegación. Si se desprende que es posible alcanzar la finalidad perseguida con el acceso sin facilitar datos personales habrá que anonimizar la documentación obrando al expediente.
01/01/2010
Comunicación a una ciudadana del proyecto técnico de reforma y ampliación de una vivienda ajena
CNS 42/2009
La entrega a una ciudadana de copia del proyecto técnico de reforma de una vivienda de la que es titular otra persona constituye una comunicación de datos. El acceso a los datos personales que formen parte de un expediente administrativo correspondiente a un procedimiento administrativo en curso requerirá que la persona solicitante de la información tenga la condición de persona interesada (artículo 31 de la LRJPAC). En caso de que el expediente administrativo corresponda a un procedimiento administrativo finalizado, la comunicación queda amparada por el reconocimiento de la acción pública siempre que no contenga datos íntimos, cumpla los demás requisitos del artículo 37.3 de la LRJPAC y no prevalezca ninguno de los supuestos del artículo 37.4 de la LRJPAC. En los demás casos, será necesario el consentimiento previo de las personas afectadas.
01/01/2009
- ÁMBITO SECTORIAL
- Vivienda
- Procedimiento administrativo
- Condición interesado
- Expediente administrativo
- Urbanismo
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
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