El contenido sobre el que se realiza la búsqueda ha sido traducido con un sistema informático sin intervención humana. Puede contener errores de vocabulario, sintaxis o gramática. Esta traducción también puede causar errores en las búsquedas realizadas.
Se han encontrado 23 resultados con los descriptores Condición interesado
Derecho de acceso a expedientes de tramitación de quejas, denuncias y peticiones
CNS 23/2009
Las personas y entidades que tengan la condición de personas interesadas en el procedimiento tienen derecho a acceder a los datos que formen parte del expediente de tramitación de las quejas, denuncias y peticiones, de acuerdo con el artículo 35.a) de la LRJPAC. Esto debe entenderse sin perjuicio de la posibilidad de ejercicio del derecho de oposición por parte de las personas titulares de los datos, en los términos establecidos en el artículo 6.4 de la LOPD.
01/01/2009
Comunicación a una ciudadana del proyecto técnico de reforma y ampliación de una vivienda ajena
CNS 42/2009
La entrega a una ciudadana de copia del proyecto técnico de reforma de una vivienda de la que es titular otra persona constituye una comunicación de datos. El acceso a los datos personales que formen parte de un expediente administrativo correspondiente a un procedimiento administrativo en curso requerirá que la persona solicitante de la información tenga la condición de persona interesada (artículo 31 de la LRJPAC). En caso de que el expediente administrativo corresponda a un procedimiento administrativo finalizado, la comunicación queda amparada por el reconocimiento de la acción pública siempre que no contenga datos íntimos, cumpla los demás requisitos del artículo 37.3 de la LRJPAC y no prevalezca ninguno de los supuestos del artículo 37.4 de la LRJPAC. En los demás casos, será necesario el consentimiento previo de las personas afectadas.
01/01/2009
- ÁMBITO SECTORIAL
- Vivienda
- Procedimiento administrativo
- Condición interesado
- Expediente administrativo
- Urbanismo
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Cesión de datos de accidentes de tráfico a las compañías aseguradoras
CNS 14/2006
Para ceder los datos de carácter personal se requiere el consentimiento de l’afectat, a no ser que una ley disponga el contrario, entre d’altres. En este caso, d’acord con la legislación de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, las compañías aseguradoras podrían tener la condición d’interessades para acceder a la información contenida en las hojas d’investigació que elabora la policía local en los accidentes de tráfico. L’òrgan encargado de facilitar este acceso se tiene que asegurar de que la información sea la adecuada y pertinente en cada caso, atendiendo al principio de calidad.
01/01/2006
Total de páginas: 3