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Se han encontrado 75 resultados con los descriptores Padrón municipal habitantes
Denegación de información al copropietario de un inmueble sobre las personas que están empadronadas
IAI 13/2021
La normativa de protección de datos no impide comunicar la información solicitada (conocer la identidad de las personas empadronadas en el domicilio en cuestión), dado que puede concurrir un interés directo al confirmar el empadronamiento de las dos personas en el domicilio del que es copropietario para poder disfrutar del derecho de asistencia jurídica gratuita, y que no parece que la comunicación de la información tenga que comportar una injerencia significativa en el derecho a la protección de datos de las dos personas empadronadas.
23/03/2021
Creación de una base de datos de terceros a partir de las instancias presentadas en el Ayuntamiento por los vecinos del municipio
CNS 6/2021
El ayuntamiento podría crear la base de datos de contacto o base de datos de terceros para recoger los datos identificativos y de contacto de las personas físicas con quienes se relaciona. La incorporación en esta base de datos de terceros de los datos del Registro de entrada y salida de documentos no resultaría compatible a efectos de utilizar los datos que constan para notificaciones ulteriores, pero en cambio sí que lo podría ser para utilizar los datos identificativos y de contacto en otros procedimientos de naturaleza análoga. En aplicación del principio de exactitud el ayuntamiento tiene que tomar las medidas oportunas para recoger las diferentes direcciones o medios electrónicos que el ciudadano haya escogido para cada trámite para recibir notificaciones administrativas o lo que sea pertinente de acuerdo con la normativa aplicable. Los datos que integren la base de datos de terceros no se pueden conservar más allá del plazo de conservación aplicable a la finalidad para el cual se recogieron, se tienen que mantener actualizadas y se tiene que informar a las personas afectadas.
12/03/2021
Identificación, a través del acceso a registros administrativos, de los alumnos con necesidades educativas específicas
CNS 4/2021
Los ayuntamientos pueden utilizar los datos personales que constan en el Padrón municipal de habitantes para identificar a los menores en edad de escolarizacion obligatoria y ponerse en contacto con sus famlias para ejercer las competencias que les corresponden en lo que atañe al proceso de preincripción. La normativa tributaria no permite la consulta de la información tributaria, de manera generalizada y sin consentimiento de las personas afectadas, para poder detectar con carácter previo a la solicitud de preinscripción la existencia de situaciones socioeconomicas específicas. No se puede descartar la compatibilidad de utilitzar otras bases de datos o registros administrativos como los que se describen en la consulta, a pesar de que los términos en los que se describe este intercambio de información en la consulta (volumen de información, personas afectadas, momento en que se llevaria a cabo, etc.) plantean serios problemas desde el punto de vista de la proporcionalidad de la medida.
29/01/2021
Principi d'exactitud en l'adreça en la que es rep correspondència adreçada a una altra persona.
IP 292/2019
No es vulnera el principi d'exactitud per part de l'Ajuntament, atès que es constata que l'adreça de la persona denunciant era plenament coincident amb la que figurava al Padró, mentre que l'adreça de l'altra persona no ho era per una qüestió de codificació. S'arxiva pel que fa a les dades que figuren al Padró de l'Ajuntament i es trasllada a l'AEPD en allò referent a l'Institut Nacional d'Estadística -i a qualsevol entitat privada- a què es refereix l'objecte de la denúncia.
06/11/2020
La manca de bondat del motiu adduït en una sol·licitud d'accés, no altera l'obligació que té el responsable de facilitar l'accés.
PS 24/2020
S'amonesta a l'Ajuntament, per haver impedit l'accés del denunciant al seu NIE i a la sol·licitud d'empadronament de la seva exparella al seu domicili, a l'efecte de comprovar si la seva signatura consignada s'havia falsificat (infracció art. 83.5.b RGPD).
06/11/2020
Utilización de los datos del padrón municipal de habitantes para informar en la población en situaciones de emergencia
El consentimiento recogido por el Ayuntamiento de acuerdo con la cláusula que se reproduce en el texto de la consulta habilitaría en el Ayuntamiento a la notificación por|para medios electrónicos y la comunicación de los trámites en los que la persona que lo ha facilitado tenga la condición de interesado en los términos del LPAC, pero no para el envío de avisos sobre la realización de tests|tiestos PCR mediante mensajes SMS a los ciudadanos de los barrios afectados. La utilización de los datos del Padrón|Patrón para las actuaciones indicadas en la consulta tiene como base jurídica el cumplimiento|cumplido de una misión en interés público o el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (artículo 6.1.e) RGPD), y sería un tratamiento compatible con las finalidades del Padrón|Patrón amparado en la propia LRBRL, el TRLMRLC y la normativa sectorial (Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña) de acuerdo con el artículo 6.4 RGPD.
18/09/2020
Falta de prueba de los hechos denunciados
IP 232/2019
Se archiva por falta de prueba una denuncia formulada contra un Ayuntamiento, en la que se señalaba que una empleada del servicio de gestión del padrón de habitantes había comunicado ilegítimamente a una vecina datos policiales del denunciante y su familia. El Ayuntamiento ha negado todos los hechos denunciados, y el denunciante no ha aportado ninguna prueba indiciaria. Además, se da la particularidad de que la empleada del Ayuntamiento no tenía acceso a la base de datos policial donde figurarían los datos presuntamente comunicados, y que esta base de datos pertenece a otro cuerpo policial (PG-MMEE), y los hechos hacen referencia a la participación de un tercer cuerpo policial (Policía Nacional), por lo que no se puede descartar que la comunicación se hubiera producido por parte de un miembro de uno de estos otros cuerpos policiales.
03/09/2020
Implementación de un sistema inteligente de recogida selectiva de residuos
CNS 6/2020
El Ayuntamiento, en atención a las competencias que tiene atribuidas en materia de gestión de residuos, estaría legitimado para llevar a cabo los tratamientos de datos descritos en la fase 1 de implantación del sistema inteligente de recogida selectiva. La participación de terceros, incluido el proceso de seudonimización de los datos, requeriría la formalización de un contrato de encargado y, si procede, de subencargado del tratamiento, así como, si procede, el cumplimiento de las obligaciones establecidas al respecto en el LCSP. En todo caso, para garantizar la eficacia de la seudonimización, sería conveniente revisar el proceso de registro en la aplicación para teléfonos inteligentes que se ofrecerá a los usuarios del servicio, para articularlo a través del código asignado.
13/05/2020
- ÁMBITO SECTORIAL
- Padrón municipal habitantes
- Servicios públicos
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos seudonimizados
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio licitud
- Misión en interés público o ejercicio de poderes públicos
- Principio minimización
Falta de prueba indiciaria de la comunicación de datos del Padrón.
IP 223/2018
Se archiva la denuncia contra un Ayuntamiento, a quien se acusaba de haber comunicado a una tercera persona los datos del Padrón referentes a la persona denunciante (nombre y apellidos, fecha de empadronamiento y dirección), por falta de prueba de la comunicación de datos y falta de identificación del cesionario.
30/01/2020
Utilización de los datos del Padrón Municipal de Habitantes en un proceso de presupuesto participativo
CNS 2/2020
El Ayuntamiento puede acceder a los datos del Padrón Municipal de Habitantes con la finalidad de comunicar a los vecinos del municipio la realización de un proceso de presupuestos participativos así como para elaborar el correspondiente censo de las personas con derecho a participar, dado que se trata de una finalidad compatible con la del Padrón y amparada por el ejercicio de las competencias que, en materia de fomento de la participación ciudadana, tiene encomendadas. Todo eso, siempre que la normativa que regula la forma de participación ciudadana escogida por el Ayuntamiento no prevea un instrumento específico para seleccionar a las personas llamadas a participar.
27/01/2020
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